lavado de dinero

Derribando 5 paradigmas del lavado de dinero

Para nadie es un secreto que uno de los flagelos más fuertes de los últimos tiempos consiste en el lavado de dinero. Este mal parece estar enquistado dentro de la sociedad y  a veces puedes tener la impresión de que tu empresa puede ser la próxima víctima.

Por esta razón, invitamos a la abogada Leonilda Portabales a MasterMinds. Contar con  herramientas para blindar a tu empresa de este delito; se hace cada vez más necesario. Leonilda es especialista en Derecho Comercial y posee una larga trayectoria en gestión del compliance. Además, es fundadora de Integra.

Leonilda Portabales

Durante su intervención, derribó cinco mitos en la lucha contra el lavado de dinero. Este ha evolucionado  de tal manera, que actualmente los reguladores han integrado muchísimos más sectores que el tradicionalmente asociado con la banca y los activos.

Paradigma 1: El lavado de dinero está relacionado “solo” con la banca

Los actores interesados en lavar  dinero no se limitan a las empresas que manejan activos,  sino que el panorama es mucho más amplio e ilimitado.

La primera guía que tienes en el tema de prevención es la realizada por GAFI en la década de los  90 y ha sido modificada a lo largo del tiempo.  En esta se  contemplan  sectores financieros, incluyendo a los supervisores de dichas entidades, y a las cooperativas. Luego viene el gran cambio de los sujetos obligados no financieros. Dentro de estos encontramos a los denominados APNFD, actividades y profesiones no financieras designadas.

Además de las obvias, como los abogados y contadores, aquí también se encuentran el sector dedicado a la venta de automóviles, casinos, todas las zonas francas, sector de construcción e inmobiliario, entre otras industrias.

Paradigma 2: Limitar el lavado a dinero, corrupción o drogas

El esquema de lavado de dinero tradicionalmente abarca estas actividades corruptas. Sin embargo, en la actualidad encontramos más actividades punibles relacionadas con este.

Es usual que, al pertenecer a la rama del derecho penal, abarque no solo el dinero, sino también los activos, valores y procedimientos que quieren ocultar los ilícitos. Es decir que dentro de los delitos enumerados tenemos varios que son precedentes al propio delito del lavado, pero que están íntimamente relacionados con él como es el caso de la droga, que fue la primera fuente que dio paso a la regulación.

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Paradigma 3: desconocimiento de los “otros” activos

Muchas veces si tu empresa es ajena a la banca, te enfrentas al reto de percibir los otros activos que están sujetos al lavado.

Para  detectar estas actividades son necesarias dos alertas. La primera es saber en qué sector estamos trabajando y la segunda es qué tipo de activos estamos recibiendo. Gracias a estas claves, se puede aplicar con relación al due diligence, el sentido común y prudencia para determinar la procedencia del dinero y las personas que lo transfieren.

Paradigma 4: ¿Hasta dónde llega la responsabilidad?

Es una creencia común dentro de las empresas, que al tener un gestor de cumplimiento se encuentra cubierto todo el tema de prevención. Sin embargo, esto significaría dejar coja nuestra empresa pues este puesto no será suficiente.

A criterio de nuestra invitada, el orden necesario para tener una política de previsión es ver más allá que el gestor, es decir que esta dirección debe venir desde la alta gerencia hacia los últimos eslabones de la organización. De manera tal que se vuelva una cultura organizacional donde no esté limitado a una solo persona.

Primero se constituye el modelo de negocio y partiendo de allí, se modela la prevención del delito.

Paradigma 5: Gestor de cumplimiento igual al departamento jurídico

Lavado de dinero

Usualmente se tiene la creencia que esta tarea compete con exclusividad al departamento  jurídico- Pero lo cierto es que en algún caso se toma en cuenta a los contadores o auditores para llevarla a cabo, pero muchas veces estos puestos no son los mejores calificados para ocupar el puesto.

Nuestra experta, elabora un perfil mucho más delimitado para ocupar el puesto de gestor que incluye las siguientes características:

  1. No hay profesión exclusiva para el compliance, pero si es necesario la profesionalización de la persona.
  2. Conocer el negocio donde se va a ejercer, es decir saber bien en que medio está el giro empresarial, incluso puede ser personas que ya se encuentren dentro de la empresa y esté interesado en el tema.
  3. Poseer un sentido común muy agudo, que le guste preguntarse el porqué de las cosas.
  4. Mantener una independencia, la persona que ocupe este puesto debe estar libre de conflictos que coloquen siempre en disyuntivas a la hora de actuar.

Derribando todos estos paradigmas podrás comenzar un programa sólido de previsión del lavado de dinero que se adhiera a la cultura ética que promuevas en tu empresa.


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